Si hay algo que define el derecho penal liberal, que se
impone en Occidente desde Cesare Beccaria, es la máxima “los pensamientos no
pagan aduana”. Somos libres de elaborar nuestras ideas, por atroces que
parezcan, sin que el aparato punitivo del Estado pueda intervenir. Nadie en su
sano juicio, cierto que hay muchos que no lo tienen, puede discutirlo. Pero
esto es muy distinto a que nuestro gobierno quiera sostener, con pretendido riguroso
formalismo, que el mantenimiento de las medidas previstas en el artículo 155 de
la CE exigiría una
actuación ilícita por parte de Quim Torra, como si las que viene realizando no
lo fueren ya. Se sugiere incluso que cabría la posibilidad de aceptar el
nombramiento de nuevos consejeros siempre que estuviesen “limpios”. ¿Es sensato
jurídicamente lo anterior? Desde luego que no, y por razones elementales:
Primero.- El nombramiento de consejeros en prisión
preventiva, o rebeldes a la acción de la justicia, refleja claramente la
ilicitud del actuar de Quim Torra. El artículo 9 de la CE señala tajantemente que “los
ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al
resto del ordenamiento jurídico”. ¿Cómo puede atreverse a nombrar a unas
personas cuya capacidad de actuar política está sujeta a la autorización de un
juez instructor? Conformarse con una nueva designación en estas condiciones, no
sólo sería chapucero implicaría aceptar que el fraude es gratis.
Segundo.-Del sumario, según se refleja en el auto de
procesamiento, se deduce la existencia de un proyecto delictivo en cuyo decurso
se preveían incidencias de confrontación con el estado tal y como las que ahora
se están desarrollando. ¿Hay que esperar
ingenuamente algo más? Se produce una conspiración para la rebelión, o una
propia rebelión o sedición, se desoyen sistemáticamente las advertencias con
implicaciones penales del Tribunal Constitucional, se declara la independencia
de Cataluña y ahora parece que hay que volver a empezar. ¿Es serio? Lo mínimo a
tener en cuenta es que la posible implicación de Torra en los hechos merecería
el examen de los tribunales de justicia.
Tercero.- Es cierto que el conflicto que se desarrolla en
una Cataluña, que por cierto amamos, tiene un
carácter político que nuestros gobiernos no han sido capaces de prever
ni de resolver. Con independencia de ello, si vivimos en un Estado de Derecho
tendremos que movernos con arreglo a sus premisas. Entre ellas una elemental,
la de que las actuaciones delictivas no pueden fundamentar las decisiones de
carácter político.
Convendría señalar además que las medidas que hubiere que
adoptar en relación con la defensa de nuestro orden constitucional no pueden
subordinarse a consideraciones tácticas en relación con la aprobación de los
presupuestos o las relaciones con el PNV.
Sería bien triste y decepcionante. Y no hay que olvidar que vivimos un
conflicto que podemos perder por irresponsabilidad o torpeza.
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